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Fomento de la investigación aplicada a la producción Artículo 15 BIS Nacional


Fomento de la investigación aplicada a la producción Nacional
Artículo 15 BIS.

El incumplimiento de lo establecido en la presente ley y de las normas reglamentarias que a tal efecto se dicten, dará lugar a las sanciones que se detallan a continuación, sin perjuicio de la aplicación de las leyes especiales y sus modificaciones:

1. Multas de diez (10) veces el valor del crédito fiscal otorgado actualizado al momento de su ejecución aplicables a los beneficiarios y/o a la unidad de vinculación tecnológica o patrocinador por declaraciones inexactas o información fraudulenta en su declaración jurada y/o certificación de gastos para obtener el beneficio.

2. Inhabilitación del beneficiario y patrocinador para vincularse nuevamente al régimen de beneficios de la presente ley y cualquier otro régimen de promoción fiscal por el término de diez (10) años.

La autoridad de aplicación determinará el procedimiento correspondiente a los efectos de la aplicación de las sanciones previstas en el presente artículo, garantizando el ejercicio del derecho de defensa.

Contra la resolución que disponga la imposición de sanciones podrá interponerse recurso de revocatoria ante la autoridad de aplicación, el que implicará la apelación en subsidio.

Rechazado el recurso o habiendo silencio en un plazo de treinta (30) días hábiles el administrado tendrá habilitada la vía judicial.

En todos los casos y a los efectos de esta ley, el recurso tendrá efecto devolutivo.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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